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GASTOS DE HIPOTECA: SIEMPRE ESTAS A TIEMPO DE RECLAMAR
19 de Octubre de 2018

Ayer se publicó en lo medios de comunicación, la noticia de que el Tribunal Supremo había anulado un precepto de la Ley que regula el Impuesto sobre Actos Jurídicos documentados; en concreto el que determinaba como sujeto pasivo del impuesto al prestatario. Argumento que había servido a los tribunales para declarar que quien debía abonar dicho impuesto, aunque la clausula de gastos se declarase nula, era el consumidor, y no el banco. Ahora resultará más accesible la devolución del impuesto a los consumidores; y recuerda: la acción para reclamar la nulidad de la clausula de gastos no prescribe; siempre puedes reclamar. No dudes en consultarnos. https://www.eldiario.es/economia/Sala-III-establece-impuesto-hipotecas_0_826267486.html

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