La sentencia del Tribunal Supremo nº 73/2014, dictada por la Sala Primera, de Lo Civil, el 12 de febrero, establece la posibilidad de modificar el uso de la vivienda familiar cuando los hijos alcancen la mayoría de edad, atribuyéndosela al cónyuge más necesitado de protección; y en el caso de que ambos cónyuges se encuentre en igual situación personal y económica, establece también la posibilidad de atribuir un uso alterno de dicha vivienda familiar.